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Tema 6: Cronología de las leyes de los medios de comunicación I.

Leyes en el S. XIX

Decreto sobre la Libertad Política de Imprenta:

10 de noviembre de 1810, el ayuntamiento de Madrid señala que los individuos tienen la libertad de poder expresarse y sus ideas políticas, de manera escrita sin necesidad de licencia. Este decreto constaba de XX artículos en los cuales, solo se menciona la parte política, todavía faltaba mencionar la libertad de expresión en el ámbito religioso.

Fue el primero en el mundo Occidental en reconocerse esta libertad.

Constitución política de la Monarquía Española:

19 de marzo de 1812, el Rey Fernando VII, promulgó en Cádiz el siguiente documento; en el artículo 131 de las Facultades de las cortes, la vigesimacuarta es proteger la libertad politica de la imprenta.

Lamentablemente, por el movimiento independentista de nuestro país de esta época, este decreto no tuvo mucha fuerza.

Primera ley Lafragua:
14 de noviembre de 1846, esta ley también se conoce como Reglamento General de la Libertad de Imprenta. Este reglamento restablece el juicio por jurados “principal garantía de la libertad de imprenta”.

Ley de Imprenta, o la Ley Lares:

25 de abril de 1853, se publica una Ley de imprenta conocida como Ley Lares por ser promovida por el ministro de Justicia Teodosio Lares. Esta ley se considera de corte represivo, no contempla procesos judiciales, sino exclusivamente condenas gubernativo-administrativas (además de los eventuales delitos comunes que competen a los tribunales ordinarios).

Las leyes en el Siglo XX:

La Constitución Política de 1917
El 5 de febrero de 1917 se promulga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que tiene vigencia hasta la actualidad. En ella se recogieron demandas de los grupos que se levantaron en armas durante la Revolución. Además de incluir los “derechos del hombre”, se abordaron los “derechos sociales”. El texto constitucional cuenta nueve Títulos que contienen 136 artículos. Con respecto al derecho de información y a la libertad de expresión, los artículos 6 y 7 del presente
documento reiteran las ideas expresadas en la Constitución de 1857. Es hasta la Reforma de Telecomunicaciones de 2013 cuando estos artículos reciben una sustancial modificación.

Convención Internacional de Washington
1927, tiene lugar la Conferencia Internacional de Washington. A ella asisten como representantes de México: Pedro N. Cota y Juan B. En esta conferencia se hace una regulación de frecuencias a nivel mundial. Se asignan frecuencias específicas para los servicios de radiodifusión.

Considero esta lectura como parte importante de la formación profesional para poder entender como es que hemos llegado a tener los derechos y libertades de hoy en día, y que las luchas colectivas de nuestros antepasados dieron frutos a tal grado de que podemos salir libremente a la calle de la forma que queramos,a expresarnos como queramos y no tener repercusiones legales por ellos.

Sin embargo, las estructuras de orden ublico en nuestro país no siempre se apegan a lo establecido en la ley, debemos de trabajar en conjunto para hcer valer estos derechos.

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De elizabethprezmelchor

Espero tengas un bonito día.

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